MACHUCA, SERGIO OMAR c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el monto indemnizatorio por incapacidad psíquica y física.
Indemnización por accidente de trabajo sufrido mientras se desempeñaba como marino, fracturándose los dedos de la mano izquierda.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijando el monto de condena en $4.463.754,19, ordenando deducir sumas ya abonadas. Reconoció incapacidad física y psíquica, con actualización del crédito según índice RIPTE y 6% de interés anual. Reguló honorarios de las partes y peritos.
Principales fundamentos:
- La incapacidad psíquica padecida por el actor encuentra fundamento en el dictamen pericial, el cual debe tener valor probatorio preponderante.
- Corresponde aplicar el régimen del Decreto 669/2019 sobre actualización de créditos, con aplicación de RIPTE e intereses del 6% anual.
- Las sumas abonadas parcialmente deben imputarse primero a intereses y luego a capital.
- En cuanto a honorarios, deben regularse de modo equitativo según las pautas legales.
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