SMITH, ENRIQUE FEDERICO c/ SWIFT ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que la suma diferida a condena sea ajustada mediante el índice RIPTE más un 3% anual de interés puro.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y dispuso que la suma diferida a condena sea ajustada mediante el índice RIPTE más un 3% anual de interés puro. Fundamentó que, si bien descartó la aplicación de las pautas sugeridas por el acta CNAT N° 2764/2022 por ser cuestionadas por la Corte Suprema, entendió que la actualización por RIPTE más un 3% anual de interés puro era la alternativa más adecuada para preservar el valor real del crédito del trabajador, en el marco de la grave situación inflacionaria.
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