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IGLESIAS, ADRIAN JOSE c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso actualizar el crédito salarial conforme al índice RIPTE más un 3% anual de interés puro.

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Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y dispuso que el capital diferido a condena sea ajustado desde su exigibilidad y hasta el momento del efectivo pago, mediante el índice RIPTE más un 3% anual de interés puro. Los jueces consideraron que, ante la pérdida de valor adquisitivo de la moneda, corresponde encontrar el método más adecuado para preservar el crédito laboral, evitando los efectos devastadores de la inflación. Si bien discrepan con el criterio de la Corte Suprema que desestimó otras propuestas de actualización, adhieren a aplicar el índice RIPTE más 3% anual por ser el parámetro indicado por el Superior.

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