FRUMAN, GABRIELA ALEJANDRA c/ METROVIAS S.A. s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido luego de renunciar por actos intimidatorios alegados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de condena, pero confirmó la declaración de nulidad de la renuncia y la existencia de daño moral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Gabriela Alejandra Fruman, demandó a Metrovías S.A. por despido luego de renunciar a su empleo. Alegó que la renuncia fue producto de actos intimidatorios por parte de la empleadora. En primera instancia se consideró inválida la renuncia y se condenó a Metrovías al pago de indemnizaciones y multas. En apelación, el tribunal confirmó la declaración de nulidad de la renuncia por actos intimidatorios, reconociendo que las entrevistas de la empresa con los empleados se desarrollaron en un contexto de orden intimidatorio que forzó la decisión de renuncia. Asimismo, se fijó el salario base de cálculo de las indemnizaciones según lo informado por el perito contador, incluyendo conceptos no remunerativos. Se confirmó la procedencia del daño moral y se desestimaron las indemnizaciones por infracciones a las leyes 24.013 y 25.323, por considerar que no había prueba de conducta ilícita de la empresa. En cuanto a los intereses, se modificó el criterio, aplicando los intereses establecidos en la sentencia de grado hasta el 7 de septiembre de 2022, fecha en que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó su criterio, y desde entonces actualizando el capital mediante el Índice de Precios al Consumidor más un 3% de interés puro anual.
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