LUQUE, EMANUEL Y OTRO c/ CLUB CIUDAD DE BUENOS AIRES ASOCIACION CIVIL Y OTROS s/DESPIDO
Los trabajadores demandaron por despido y obtuvieron una sentencia favorable, pero con la modificación de la Cámara se actualizarán los créditos reconocidos ajustándolos por inflación.
Despido
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia condenatoria, pero modificó el fallo para disponer la actualización de los créditos reconocidos conforme al índice de precios al consumidor más un interés del 3% anual sin capitalización. También adecuó los honorarios regulados.
- Fundamentos relevantes:
El tribunal señaló que la expresión de agravios de los empleadores no cumplía los requisitos del art. 116 de la LO, pues se limitaban a manifestar disconformidad sin crítica concreta de los fundamentos.
Respecto a la aplicación de las sanciones por trabajo clandestino, el tribunal entendió que no correspondía aplicar retroactivamente la derogación prevista en la nueva "Ley Bases", atento a que el derecho laboral persigue finalidades diferentes al derecho penal.
En cuanto a la actualización del crédito, el tribunal consideró que el nominalismo es inaplicable en contextos inflacionarios y que corresponde ajustar los montos por el IPC más un 3% anual, en línea con la solución propuesta en el frustrado DNU 70/23.
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