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ROSIGNUOLO, LEANDRO NAHUEL c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador apeló el rechazo "in limine" de su recurso contra la resolución administrativa de la Comisión Médica. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia al considerar que la ley 27.348 es constitucional y que el accidente sufrido por el trabajador no generó lesiones permanentes ni daño psíquico.

Recurso de apelacion Accidente de trabajo Dano psiquico Esguince de tobillo Ley 27 348 Constitucionalidad

Cuestionar el rechazo "in limine" de su recurso contra la resolución administrativa de la Comisión Médica. Alega inconstitucionalidad de la ley 27.348 y daño psíquico.
- Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VI rechazó el recurso de apelación. Consideró que la Corte Suprema ya desestimó la inconstitucionalidad de la ley 27.348 y que el dictamen médico descartó lesiones permanentes o daño psíquico.
- Fundamentos:
- La Corte Suprema validó la constitucionalidad de la ley 27.348 en los casos "Pogonza" y "Beherens".
- El dictamen médico descartó secuelas permanentes, ya que no hubo fractura ósea, ni edema en la zona afectada, y el trabajador volvió a sus tareas habituales.
- Un esguince de tobillo no genera un trauma psíquico como el de incendios, derrumbes o accidentes viales con riesgo de vida.

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