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FIDEICOMISO EDIFICIO LA FAVORITA DE ROSARIO c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

El Fideicomiso Edificio La Favorita de Rosario cuestionó la determinación fiscal que lo obligaba a tributar el impuesto a las ganancias por la totalidad de los resultados obtenidos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión del Tribunal Fiscal de revocar el ajuste fiscal y aceptar la posición del fideicomiso.

Fideicomiso Impuesto a las ganancias Residencia Tributacion Fiduciante beneficiario


¿Quién es el actor?

Fideicomiso Edificio La Favorita de Rosario

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impuesto a las ganancias, períodos 2009 a 2011

¿Qué se resolvió?

Se revoca la resolución fiscal que determinó de oficio la materia imponible y gravamen del Fideicomiso. El Tribunal Fiscal consideró acertada la posición del fideicomiso, que atribuyó las ganancias a cada fiduciante-beneficiario conforme a la ley, rechazando el criterio fiscal de gravar al fideicomiso por la totalidad de los resultados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal Fiscal señaló que la interpretación fiscal alteraba los elementos del hecho imponible y la medición de la capacidad contributiva, al mutar el sujeto pasivo según la residencia de los fiduciantes-beneficiarios. La ley no prevé expresamente situaciones mixtas con fiduciantes-beneficiarios residentes y no residentes, por lo que corresponde aplicar los mecanismos previstos para cada supuesto.

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