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VYC SRL Y OTROS c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 41

La firma VYC S RL y sus principales accionistas cuestionaron las sanciones impuestas por el Banco Central por realizar actividad de intermediación financiera no autorizada. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó las multas y la inhabilitación aplicadas, al considerar que la conducta desplegada se encuadraba en la actividad típica de intermediación financiera regulada por la ley.

Multa Bcra Inhabilitacion Ley de entidades financieras Intermediacion financiera no autorizada Captacion de fondos Otorgamiento de creditos

Cuestionar las sanciones aplicadas por realizar intermediación financiera no autorizada

¿Qué se resolvió?

Se rechazan los recursos y se confirman las sanciones

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La actividad desarrollada por VYC (captación de fondos de terceros y otorgamiento de créditos) encuadra en el concepto de intermediación financiera regulado por la Ley de Entidades Financieras, más allá de la denominación que le dieran las partes
- La ley no exige una definición legal taxativa de la actividad, sino que la misma debe apreciarse según sus características propias y efectos
- VYC actuaba de forma habitual y masiva en la captación y colocación de fondos, lo que ameritaba la aplicación de sanciones por parte del BCRA
- Las sanciones impuestas (multas e inhabilitación) fueron debidamente fundadas por el BCRA en atención a la gravedad de la infracción y su impacto en el sistema financiero
- No prosperan los argumentos de los recurrentes tendientes a exculparse o cuestionar la cuantía de las sanciones

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