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CASTAÑO AURORA BEATRIZ c/ GCBA Y/O RESPONSABLE s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que había aumentado las indemnizaciones por daño moral y, además, modificó aspectos relativos a la solidaridad en el pago y los intereses.

Dano moral Danos y perjuicios Indemnizacion Responsabilidad concurrente Recursos extraordinarios

Daños y perjuicios por el fallecimiento de su esposo E.H.R. y su hijo H.L.R.

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió parcialmente los recursos de apelación. Elevó la indemnización por daño moral a $1.800.000, pero redujo la indemnización por daño moral a favor de S.E.R. a $650.000. Además, modificó aspectos relativos a la solidaridad en el pago y los intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Sala mediante sentencia de fecha 26/05/2020 resolvió: a) Admitir el recurso intentado por la parte actora y, en consecuencia, elevar la reparación acordada en la instancia de grado en concepto de daño moral a favor de la coactora A. B. C. por el fallecimiento de su esposo E. H. R. y de su hijo H. L. R., que queda fijada en la suma de $ 1.800.000. b) Desestimar el remedio intentado por el E N respecto a la atribución de responsabilidad establecida en la sentencia de grado, así como en lo relativo a la indemnización reconocida en concepto de daño psicológico, valor vida y gastos médicos, de farmacia y de movilidad, así como de daño moral a favor de los coactores A. B. C. y J. J. R. c) Rechazar también la apelación del G CBA en lo concerniente a la reparación por daño psicológico y su respectivo tratamiento, y por valor vida, así como de daño moral a favor de los coactores A. B. C. y J. J. R., y también en relación al punto de partida para el cómputo de los intereses, salvo en lo referente al tratamiento psicológico. d) Hacer lugar parcialmente a los recursos intentados por el E N y el G CBA en lo que hace a: i) La solidaridad en el pago de indemnización y, en consecuencia, disponer que la responsabilidad atribuida en la instancia de grado reviste carácter concurrente, distribuyéndose los porcentajes de condena de acuerdo a lo establecido en el Considerando X; y ii) Las sumas reconocidas en la instancia de grado a favor del coactor S. E. R. por daño moral, que se reducen a $650.000, por la pérdida de su padre E. H. R."

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