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LAPORO SA c/ EN s/AMPARO LEY 16.986

La firma Laporo SA reclamó cese de discriminaciones en el acceso a beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), pero el tribunal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia.

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Cese de discriminaciones arbitrarias que le impidieron acceder de manera íntegra a los beneficios del Programa ATP.

¿Qué se resolvió?

La Cámara desestimó parcialmente los agravios de la apelante. Señaló que las cuestiones relativas a la incorporación de la actora en dicho beneficio carecen de actualidad por vencimiento del plazo de vigencia del programa. Además, las demás pretensiones sobre reducción de contribuciones patronales y diferencias en el salario complementario son cuestiones meramente indemnizatorias que no pueden dilucidarse en esta vía de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- "para la procedencia de esta acción no sólo es necesario que concurra un supuesto de arbitrariedad o de ilegalidad sino que se requiere además, que ello resulte de manera manifiesta, tal cual lo exige el art. 43 de la Constitución Nacional. Que dichas circunstancias no concurren en el presente caso, toda vez que la parte actora no ha acreditado en la causa que se encuentra configurado un supuesto de ilegitimidad o arbitrariedad de carácter manifiesto".
- Las cuestiones indemnizatorias "no resultando la vía elegida apta para determinar su procedencia".
- Corresponde distribuir las costas en ambas instancias por su orden, "pues aquéllas pudieron hacer creer a la actora que le asistía derecho a peticionar como lo hizo".

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