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BOARI, ELBA MARIA c/ EN- M DESARROLLO SOCIAL s/EMPLEO PUBLICO

La actora reclamó el pago de la Compensación Transitoria por Destino Geográfico que le fue dejada de percibir. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la demanda, al considerar que el traslado de la trabajadora a San Pedro, Provincia de Buenos Aires, tornó improcedente el pago de dicha compensación.

Carga de la prueba Traslado Contratacion publica Sinep Compensacion transitoria por destino geografico

Pago de "Compensación Transitoria por Destino Geográfico"

¿Qué se resolvió?

Rechazo de la demanda

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La actora fue trasladada a prestar servicios en el Centro de Referencia de San Pedro, Provincia de Buenos Aires, a partir de agosto de 2014.
- Este cambio de lugar de trabajo tornó improcedente el pago de la compensación, que tiene carácter transitorio y se otorga a quienes prestan servicios en determinadas zonas geográficas.
- La actora no acreditó que su traslado a San Pedro diera derecho al cobro de dicha compensación.
- Correspondía a la actora probar los hechos en que fundamentaba su pretensión, lo que no logró.

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