Recurso Queja Nº 2 - c/ BCRA s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
Banco Central de la República Argentina interpuso recurso de queja contra medida cautelar que suspendió parcialmente la aplicación de la normativa vinculada al acceso al Mercado Único y Libre de Cambios. La Cámara rechazó el recurso por considerar que el efecto devolutivo otorgado a la apelación se ajusta a la legislación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) interpuso recurso de queja contra la providencia que concedió con efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto subsidiariamente contra la resolución que admitió una medida cautelar a favor de la actora. La medida cautelar ordenó a la Dirección General de Aduanas que se abstenga de exigir a la actora la presentación de determinadas SIMIs con estado "salida" y la autorización de Licencia No Automática, así como suspendió parcialmente lo dispuesto en la Comunicación "A" 7030 y complementarias. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V rechazó el recurso de queja. Consideró que el artículo 13, inciso 3, de la Ley N° 26.854 no resulta aplicable, ya que los actos cuya suspensión precautoria fue solicitada no constituyen "disposiciones legales o reglamentarias" de ese rango jerárquico. Por lo tanto, corresponde que el recurso de apelación sea concedido con efecto devolutivo, conforme al artículo 198 último párrafo del CPCCN. El BCRA no explicó circunstancias excepcionales que justificaran apartarse de ese criterio.
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