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OCAMPO HECTOR PATRICIO Y OTROS c/ EN-M° DEFENSA-EMGE-DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional contra la intimación de pago de intereses adeudados a los particulares.

Intereses Recurso de apelacion Preclusion Condena judicial Presupuesto publico Procedimiento de pago de sentencias Ley de consolidacion 23 982 Ley de presupuesto 11 672


¿Quién es el actor?

Héctor Patricio Ocampo y Gabriel Alejandro Bustos

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de intereses adeudados luego de una condena judicial confirmada

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional contra la intimación de pago de los intereses adeudados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Estado Nacional ya había ejercido previamente la facultad legal de diferir por única vez el pago de la condena, al previsionarla en 2014 para pagarla en 2016 y luego reprogramarla para 2017.
- No corresponde un nuevo diferimiento de la "misma deuda", que en este caso son los intereses devengados por el crédito reconocido.
- La Corte Suprema de Justicia ha establecido que el Estado solo puede diferir el pago de la condena por una única vez.
- Por lo tanto, corresponde mantener lo dispuesto en las providencias de primera instancia que intimaron al pago de los intereses adeudados.

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