CARRONDI, CESAR ULISES Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda por ejecución de sentencia contra el Estado Nacional - Ministerio de Seguridad - Policía Federal Argentina. La Cámara Contencioso Administrativa Federal - Sala II confirmó la providencia que no hizo lugar al pedido de embargo, al considerar que la demandada tiene plazo hasta el 31/12/2021 para cancelar la deuda.
¿Quién es el actor?
Cesar Ulises Carrondi y otros
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de sentencia
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por la parte actora. Se confirma la providencia que no hizo lugar al pedido de embargo, al considerar que la demandada tiene plazo hasta el 31/12/2021 para cancelar la deuda.
Fundamentos principales:
- La ley 23.982 y 11.672 (art. 132) establecen que en caso de falta de crédito presupuestario para cumplir con una condena, el Estado debe incorporar la previsión en el presupuesto del ejercicio siguiente.
- La liquidación del monto adeudado a los actores se aprobó el 31/10/2019, por lo que la demandada se encuentra habilitada para cancelar la deuda en el ejercicio 2021.
- No es procedente exigir que la previsión se realice desde la notificación de la sentencia firme, sino desde la aprobación de la liquidación.
- De acuerdo a la jurisprudencia, el Estado puede diferir por única vez el pago de la condena si se agota la partida presupuestaria del ejercicio previsto.
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