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CLOUTET, MATILDE TERESA c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor interpuso recurso de apelación contra la decisión que le exigía acreditar su representación mediante escritura pública. La Cámara rechazó el recurso y confirmó la exigencia de escritura pública para acreditar la representación.

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Impugnación de la providencia que le exigía acreditar su representación mediante escritura pública.
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora.
- Fundamentos: El tribunal consideró que, de acuerdo al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, se requiere la escritura de poder para acreditar la representación procesal, más allá de la libertad de formas del Código Civil y Comercial. Indicó que el artículo 1017 inc. d) del CCyC establece que deben otorgarse por escritura pública "los demás contratos que por acuerdo de partes o disposición de la ley deben ser otorgados por escritura pública", lo cual incluye al mandato procesal regulado en el artículo 47 del CPCCN.

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