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MARTINEZ, LUIS ALEJANDRO Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo por carácter remunerativo y bonificable de suplementos salariales de personal policial. La Cámara confirma que dichos suplementos deben incluirse en el haber mensual del personal.

Orden causado Personal policial Suplementos salariales Haber mensual Caracter bonificable Caracter remunerativo

Que se reconozca carácter remunerativo y bonificable de suplementos salariales otorgados por Decreto 380/17 al personal policial

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia, que hizo lugar al reclamo. Considera que los suplementos tienen carácter general y permanente, por lo que deben incluirse en el "haber mensual" del personal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara remite a lo resuelto en un precedente propio ("Bourquin") y al dictamen de la Procuración Fiscal ante la CSJN en una causa análoga ("Dinanno"). Señala que el carácter general y permanente de los suplementos, conforme al art. 75 de la Ley 21.965, les otorga naturaleza remunerativa y bonificable. Modifica parcialmente la sentencia en cuanto a la imposición de costas, distribuyéndolas en el orden causado.

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