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S. DE C. A. G. c/ EN - AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora promovió demanda para obtener la suspensión de la aplicación de la ley 27.605 sobre el "Aporte Solidario y Extraordinario". La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la denegación de la medida cautelar por falta de acreditación del peligro en la demora.

Aporte solidario Medida cautelar Peligro en la demora Verosimilitud del derecho Suspension de actos estatales Economia patrimonial Confiscatoriedad


- Actor: S. DE C. A. G. (en representación de la sucesión indivisa de A. G. C.)
- Demandado: Estado Nacional
- AFIP
- Objeto: Obtener la suspensión de la aplicación de la ley 27.605 sobre el "Aporte Solidario y Extraordinario"
- Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la denegación de la medida cautelar. Fundamentos relevantes:
- No se acreditó fehacientemente el peligro en la demora, ya que si bien el monto del aporte es significativo, la actora no demostró de qué modo pondría en riesgo el giro normal de sus actividades ni que el rechazo de la medida le provocaría un perjuicio económico irreparable.
- La documental aportada no permitió verificar las consideraciones de la actora sobre la necesidad de vender títulos públicos a "muy baja cotización" para afrontar el pago del aporte.
- Las resoluciones sobre medidas cautelares tienen carácter provisional y pueden ser revisadas si varían los presupuestos o se aportan nuevos elementos.
- En disidencia parcial, el juez Vincenti consideró que no correspondía imponer costas a la actora en esta instancia de apelación, en consonancia con la jurisprudencia que excluye la condena en costas en el incidente cautelar.

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