ENRE c/ EDESUR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, confirmó los honorarios regulados a la abogada que representó a la parte actora, destacando la importancia de analizar la labor realizada y no aplicar automáticamente los porcentajes arancelarios.
- Actor: ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad)
- Demandado: EDESUR SA
- Objeto: Proceso de conocimiento
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, confirmó los honorarios regulados a la abogada que representó a la parte actora.
- Fundamentos:
- Para regular los honorarios, se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada profesional.
- No resulta conveniente la aplicación automática de porcentajes arancelarios, ya que ello limitaría el análisis y evaluación de la tarea realizada por los profesionales.
- La Corte Suprema ha establecido que el valor del juicio no es la única base para regular los honorarios, los cuales deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- En base a estos criterios, la Cámara confirmó los honorarios regulados a la abogada de la parte actora, tanto por los trabajos realizados en primera instancia como en alzada.
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