DISBYTE SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA s/AMPARO POR MORA
Empresa importadora cuestiona la falta de respuesta del Estado a sus requerimientos aclaratorios sobre observaciones a trámites del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones. La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia.
- Actor: DISBYTE SA (empresa importadora)
- Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo
- Objeto de la demanda: Falta de respuesta a requerimientos aclaratorios sobre observaciones a trámites en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI)
- Decisión: La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirma que el Estado no respondió al requerimiento del 9 de octubre de 2020, pero revoca la decisión respecto de los requerimientos del 4 de octubre y 7 de septiembre de 2020, por los cuales el Estado sí informó a la empresa sobre el estado de sus trámites.
- Fundamentos:
- El artículo 28 de la Ley 19.549 autoriza a iniciar una acción de amparo por mora cuando la administración no resuelve en plazo.
- La administración debe expedirse, aunque no necesariamente en un sentido determinado.
- Respecto del requerimiento del 4 de octubre, el Estado informó que las solicitudes se encontraban observadas y en análisis.
- Respecto del requerimiento del 7 de septiembre, la actora no acreditó haberlo formalizado.
- Solo corresponde confirmar la sentencia en cuanto al requerimiento del 9 de octubre, sobre el cual no hubo respuesta.
- Las costas se imponen en el orden causado.
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