CHAMORRO, MARIA FLORENCIA c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demanda por diferencias salariales del personal de la Policía Federal Argentina. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, limitando los montos adeudados hasta la fecha en que fueron derogados los suplementos salariales.
Diferencias salariales por suplementos previstos en el Decreto 2140/13
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aclarando que los suplementos salariales deben liquidarse hasta la fecha en que fueron derogados por el Decreto 380/17, rechazando el reclamo por diferencias salariales posteriores a esa fecha. Confirmó la aplicación del plazo de prescripción bienal previsto en el Código Civil y Comercial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Corresponde aplicar lo resuelto por esta Sala en el precedente "Padilla, David Ángel", desestimando los agravios del Estado Nacional sobre el fondo de la cuestión.
- Respecto a la prescripción, corresponde aplicar el plazo de 2 años previsto en el art. 2562 inc. c) del Código Civil y Comercial, ya que la demanda fue interpuesta con posterioridad a la entrada en vigencia de dicha norma.
- Las diferencias salariales adeudadas deben abonarse conforme a lo dispuesto por las leyes 23.982, 24.624 y 26.895.
- Se confirma la distribución de costas por su orden efectuada en primera instancia.
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