BARRIENTOS, ROBERTO CARLOS Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El Ejército demandó para que se reconozca el carácter remunerativo y bonificable de suplementos. La Cámara confirmó la sentencia y aclaró cuestiones relativas al pago de intereses y retroactividades.
¿Quién es el actor?
Personal del Ejército Argentino
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por el carácter remunerativo y bonificable de suplementos salariales creados por el Decreto 1305/12 y normas modificatorias
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación del Estado Nacional y confirmó la sentencia de primera instancia, con precisiones sobre el alcance temporal de los créditos y el cálculo de intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara remitió a lo resuelto en precedentes anteriores sobre la naturaleza remunerativa y bonificable de los suplementos del Decreto 1305/12.
- Señaló que la doctrina de "Zanotti" utilizada por la jueza de primera instancia era aplicable para fundar el carácter bonificable de los suplementos, al tratarse de asignaciones de carácter general.
- Aclaró que el devengamiento de los créditos reconocidos tiene como límite temporal el 1° de octubre de 2020, por la entrada en vigencia del Decreto 780/2020 que derogó los suplementos reclamados.
- Estableció que las diferencias salariales adeudadas deberán abonarse con los intereses hasta el momento del efectivo pago, sin que corresponda una nueva re-previsión de la deuda.
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