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EP SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA-SIMI 18738U Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La empresa EP SA apeló el rechazo de la medida cautelar solicitada para suspender la observación y baja de su solicitud de licencia de importación. La Cámara revocó la decisión y ordenó levantar la observación o revertir la baja previa constitución de caución.

Medida cautelar Contracautela Verosimilitud del derecho Plazos reglamentarios Sistema integral de monitoreo de importaciones simi Baja Observacion

Suspensión de los efectos de reglamentos y orden a las demandadas de abstenerse de exigir el estado de "salida" de la solicitud SIMI 18738U.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la decisión de primera instancia que había rechazado la medida cautelar. Ordenó levantar la observación o revertir la baja de la solicitud SIMI 18738U, previa constitución de una caución de $100.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El juez de grado no verificó la verosimilitud del derecho alegado por la actora, pues las cuestiones involucradas exceden el marco cognoscitivo del proceso cautelar.
- Existe inobservancia del deber jurídico de las demandadas de pronunciarse sobre la solicitud del administrado en los plazos establecidos.
- La documentación acompañada por la actora permite verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos, configurándose la fuerte probabilidad de que el derecho exista.
- Atendiendo a la naturaleza de la cuestión, el contexto y el volumen de la operación ($219.094), corresponde conceder la medida cautelar previa constitución de una caución de $100.000.
- La vigencia de la medida cautelar se fija en 6 meses o hasta que se dicte sentencia definitiva.
- Las costas de alzada se distribuyen por su orden.

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