BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES c/ UIF s/CODIGO PENAL - LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25
El Banco de la Provincia de Buenos Aires y sus directores promovieron demanda impugnando una sanción administrativa por incumplimientos en el sistema de prevención de lavado de activos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, considerando que los requerimientos normativos eran válidos y que los hechos imputados estaban debidamente acreditados.
¿Quién es el actor?
Banco de la Provincia de Buenos Aires y sus directores
¿A quién se demanda?
Unidad de Información Financiera (UIF)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de una sanción administrativa por incumplimientos en el sistema de prevención de lavado de activos
¿Qué se resolvió?
Se confirma la resolución de la UIF que aplicó multas al Banco y a los directores por deficiencias en el monitoreo de operaciones, tratamiento de alertas, determinación de perfiles y riesgos de clientes, auditoría interna y reporte de operaciones sospechosas.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- Las normas que imponen deberes a los sujetos obligados en materia de prevención del lavado de activos son constitucionales y no violan el principio de legalidad.
- El procedimiento administrativo no se extendió de manera irrazonable ni excesiva.
- Los hechos imputados como infracciones están debidamente acreditados y no fueron adecuadamente justificados por los recurrentes.
- La responsabilidad de los directores por las infracciones de la entidad está debidamente fundada, más allá de su intervención directa.
- La publicidad de la sanción en el sitio web de la UIF es un requisito normativo que no puede obviarse.
- La graduación de las sanciones no evidencia arbitrariedad.
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