SERVICIOS PORTUARIOS INTEGRADOS SA c/ PNA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La empresa Servicios Portuarios Integrados S.A. impugnó las sanciones impuestas por la Prefectura Naval Argentina tras un incidente con foco ígneo en uno de los buques que reparaba. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó las sanciones al considerar que la empresa actuó de manera negligente y contrató a personal no habilitado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa Servicios Portuarios Integrados S.A. fue sancionada por la Prefectura Naval Argentina por: 1) Actuar de manera negligente al no observar las medidas de seguridad durante trabajos en caliente cerca de un ducto de ventilación, lo que provocó un principio de incendio; y 2) Contratar a una persona, Oscar Alberto Bravo, que no se encontraba registrado ni habilitado por la autoridad marítima. La empresa impugnó estas sanciones, alegando que no hubo un "siniestro" ni "foco ígneo" y que la conducta de Bravo no le era imputable. Sin embargo, la Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó las sanciones, señalando que el acto administrativo goza de presunción de legitimidad y que la empresa no logró desvirtuar la prueba obrante en el expediente, que daba cuenta de las infracciones cometidas. Asimismo, se corroboró que Bravo no se encontraba registrado ni habilitado por la autoridad marítima.
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