COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION S.A c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La firma Coto Centro Integral de Comercialización S.A. interpuso recurso directo contra una resolución administrativa que le impuso una multa. La Cámara Contencioso Administrativo Federal determinó que el recurso debe tramitarse ante la Cámara Civil y Comercial Federal.
¿Quién es el actor?
Coto Centro Integral de Comercialización S.A.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra resolución administrativa que impuso multa a la empresa por infracción a la Ley de Lealtad Comercial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó la atribución de competencia y ordenó remitir las actuaciones a la Cámara Civil y Comercial Federal, por considerar que el recurso directo debe tramitarse ante este último tribunal conforme lo establecido en el Decreto 274/2019.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Decreto 274/2019 derogó la Ley 22.802 pero estableció que los recursos directos contra resoluciones sancionatorias bajo dicha ley deberán interponerse ante la Cámara Civil y Comercial Federal. Al haber sido presentado el recurso directo bajo esta nueva normativa, corresponde que sea tramitado por el tribunal que la norma indica.
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