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MIRANDA, ISABEL c/ EN-SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL s/AMPARO POR MORA

El tribunal resolvió un incidente sobre regulación de honorarios de la abogada que representó a la actora en un amparo administrativo, reduciendo los montos.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Actuacion en alzada Ley de arancel 27 423 Amparo administrativo

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia resuelve un incidente sobre regulación de honorarios profesionales de la abogada que representó a la actora en un proceso de amparo contra la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural. Los jueces remiten a lo establecido en la Ley de Arancel 27.423, incluyendo la fijación de un honorario mínimo para procesos de amparo, y atienden a las pautas de los incisos b) a g) del art. 16 de dicha ley, como la naturaleza del asunto, extensión, calidad jurídica y resultado. En base a ello, reducen los honorarios del letrado a $51.744 (equivalente a 8,40 UMA) por las tareas en primera instancia, y a $15.400 (equivalente a 2,5 UMA) por las tareas en alzada, teniendo en cuenta el resultado obtenido. Además, se establece que el monto del IVA integra las costas y debe adicionarse a los honorarios, cuando el profesional tenga la calidad de responsable inscripto.

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