MIRANDA, ISABEL c/ EN-SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL s/AMPARO POR MORA
El tribunal resolvió un incidente sobre regulación de honorarios de la abogada que representó a la actora en un amparo administrativo, reduciendo los montos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia resuelve un incidente sobre regulación de honorarios profesionales de la abogada que representó a la actora en un proceso de amparo contra la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural. Los jueces remiten a lo establecido en la Ley de Arancel 27.423, incluyendo la fijación de un honorario mínimo para procesos de amparo, y atienden a las pautas de los incisos b) a g) del art. 16 de dicha ley, como la naturaleza del asunto, extensión, calidad jurídica y resultado. En base a ello, reducen los honorarios del letrado a $51.744 (equivalente a 8,40 UMA) por las tareas en primera instancia, y a $15.400 (equivalente a 2,5 UMA) por las tareas en alzada, teniendo en cuenta el resultado obtenido. Además, se establece que el monto del IVA integra las costas y debe adicionarse a los honorarios, cuando el profesional tenga la calidad de responsable inscripto.
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