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Incidente Nº 1 - ACTOR: SRODEK, CECILIA DEMANDADO: EN-AFIP-LEY 27605 s/INC APELACION

La actora promovió demanda para impugnar la obligación de pago del aporte solidario y extraordinario establecido por la ley 27.605. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la medida cautelar solicitada, al considerar que no se acreditó el peligro en la demora.

Medida cautelar Verosimilitud del derecho Peligro en la demora Aporte solidario y extraordinario Ley 11 683 Ley 27 605 Procedimiento de determinacion y cobro


- Actora: C.S.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Economía) y AFIP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnar la obligación de pago del aporte solidario y extraordinario establecido por la ley 27.605

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la apelación de la actora y se confirma la sentencia que rechazó la medida cautelar solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Para el otorgamiento de la medida cautelar deben acreditarse los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora.
- En el caso, no se advierte acreditado el peligro en la demora, ya que la AFIP debe transitar el procedimiento de determinación de oficio y cobro establecido en la ley 11.683 antes de poder reclamar judicialmente el pago del aporte.
- No surge de los autos que la AFIP haya iniciado acciones concretas de fiscalización o cobro de manera inminente.
- La actora siempre tendrá la posibilidad de reclamar la restitución de lo eventualmente pagado, por lo que no se configura un perjuicio de imposible reparación.

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