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PRIETO CINTIA FABIANA Y OTROS c/ EN-M§ EDUCACION CIENCIA Y TECNOLOGIA (CFE)-LEY 25053 Y OTROS s/EMPLEO PUBLICO

Docentes reclaman carácter remunerativo del Fondo de Incentivo Docente (FONID). La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la incorporación del FONID al salario como concepto remunerativo.

Remuneracion Diferencias salariales Empleo publico Fondo de incentivo docente Sector educativo


- Actores: Prieto Cintia Fabiana y otros
- Demandados: Estado Nacional
- Ministerio de Educación, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaban el carácter remunerativo del Fondo de Incentivo Docente (FONID) y el pago de las diferencias salariales.

¿Qué se resolvió?


- Se admitió la excepción de falta de legitimación pasiva del Estado Nacional
- Se hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando al GCBA a incorporar el FONID al haber mensual de las actoras con carácter remunerativo y a abonar las diferencias salariales desde 5 años previos a la demanda.
- Se rechazó la pretensión relativa a la mora en el pago del FONID.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El carácter remunerativo del FONID no se discute, pero ello no implica reconocer su carácter bonificable.
- No se acreditó la irrazonabilidad del método de liquidación y pago del FONID implementado por las autoridades.
- El crédito reconocido devengará intereses a la tasa pasiva promedio del BCRA.
- Las costas se imponen por su orden dada la complejidad de la cuestión.

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