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MONASTERIO, ANGEL ALBERTO PEDRO c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor, jubilado, promovió demanda solicitando la inconstitucionalidad de normas sobre retención del Impuesto a las Ganancias. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó devolver las sumas retenidas en los últimos 5 años.

Impuesto a las ganancias Jubilados Inconstitucionalidad Reintegro Accion declarativa


- Actor: Ángel Alberto Pedro Monasterio
- Demandado: AFIP
- Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c, 79, inc c, 81 y 90 de la ley 20.628 (texto según leyes 27.346 y 27.430) sobre retención del Impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios.
- Decisión: La Cámara hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, ordenando a la AFIP reintegrar los montos retenidos desde los 5 años anteriores a la interposición de la demanda, con intereses. Los fundamentos principales fueron:
- La acción declarativa de inconstitucionalidad es la vía idónea, sin necesidad de agotar la instancia administrativa.
- Corresponde aplicar la doctrina del fallo "García" de la CSJN, que declaró inconstitucional la retención del Impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios.
- No es necesario acreditar la confiscatoriedad del tributo, pues la Corte Suprema ha ratificado esa postura independientemente de la situación concreta del contribuyente.
- Respecto al momento del reintegro, corresponde aplicar el plazo de 5 años previsto en el art. 56 inc. c de la ley 11.683.

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