ASOCIACION CIVIL POR LA IGUALDAD Y LA JUSTICIA c/ EN-AFIP s/AMPARO LEY 16.986
La asociación civil reclamó acceso a información sobre beneficios fiscales otorgados a empresas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó que la AFIP debe proporcionar dicha información, al considerar que el interés público prevalece sobre el secreto fiscal.
¿Quién es el actor?
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acceso a información sobre beneficios fiscales otorgados a empresas en el marco de la Ley 27.264
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo y ordenó a la AFIP a proporcionar la información solicitada.
Los principales fundamentos fueron:
- El derecho de acceso a la información pública es de relevancia constitucional y se rige por el principio de máxima divulgación.
- La ley 27.275 establece un procedimiento administrativo para resolver los casos de negativa a proporcionar información pública, cuya decisión la AFIP no puede cuestionar nuevamente en sede judicial.
- Si bien el secreto fiscal previsto en la ley 11.683 es una excepción al principio de publicidad, en este caso la AAIP ponderó adecuadamente que el interés público de conocer los beneficios fiscales otorgados prevalece sobre la reserva de los datos individuales.
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