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LIXIS SA (TF 33198697-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La firma actora promovió demanda de amparo por excesiva demora de la Aduana en tramitar su pedido de devolución de tributos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia y ordenó a la Aduana pronunciarse en el plazo de 15 días.

Plazos Procedimiento administrativo Amparo Demora Devolucion Aduanas Tributos


¿Quién es el actor?

LIXIS SA

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por excesiva demora en el trámite de un pedido de devolución de tributos aduaneros.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda de amparo. Ordenó a la DGA pronunciarse sobre el pedido de devolución de la parte actora en el plazo de 15 días, y modificó el régimen de costas imponiéndolas a la demandada. Los fundamentos relevantes de la decisión fueron:
- El artículo 1160 del Código Aduanero establece que cuando medie demora excesiva del servicio aduanero, el interesado puede interponer recurso de amparo. Se verifican los requisitos de dicha norma: 1) pedido de devolución de la actora del 24/10/2019; 2) pedido de "pronto despacho" del 01/02/2021; 3) transcurso en exceso del plazo de 15 días sin que la Aduana se pronuncie.
- Las suspensiones de plazos invocadas por la instancia anterior carecen de relevancia, dado que han transcurrido más de 1 año desde el pedido de "pronto despacho".
- Corresponde fijar un plazo de 15 días para que la Aduana se pronuncie sobre el pedido de devolución, y modificar el régimen de costas imponiéndolas a la demandada por su injustificada demora que motivó el amparo.

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