Logo

BERGEROT, DIANA BEATRIZ c/ EN-M JUSTICIA DDHH-EXPTE S0492/21 s/AMPARO POR MORA

El amparista solicitó percibir el beneficio de pensión previsto por la Ley 26.913. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que ordenó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos expedirse en el plazo de 20 días sobre la solicitud.

Honorarios Plazo razonable Amparo por mora Costas al vencido Ley 26 913 Beneficio de pension


¿Quién es el actor?

Diana Beatriz Bergerot

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Objeto de la demanda: Solicitud de percepcifón del beneficio de pensión previsto por la Ley 26.913
- Decisión del tribunal: La Cámara desestimó los agravios del Ministerio, confirmando la sentencia que ordenó expedirse sobre la solicitud en 20 días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara sostuvo que el Ministerio no cuestionó que había transcurrido un plazo razonable para expedirse sobre la solicitud de la actora.
- Consideró que el plazo de 20 días otorgado por la jueza para que el Ministerio se expida no es irrazonable.
- Respecto a las costas, aplicó el principio general de que se imponen al vencido.
- En cuanto a los honorarios, confirmó la regulación realizada por la jueza en 10 Unidades de Medida Arancelaria.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar