RONCALLO, MARIO HECTOR Y OTROS c/ EN - M EDUCACION s/EMPLEO PUBLICO
Los actores promovieron demanda por el pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente con carácter remunerativo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la decisión de grado y condenó al Estado Nacional y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al pago de las diferencias salariales.
Cobro de diferencias salariales generadas por el pago insuficiente o en mora del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), con carácter remunerativo
¿Qué se resolvió?
- Se revocó la decisión de grado que hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el Estado Nacional
- Se extendió la condena impuesta al GCBA al Estado Nacional
- Se rechazaron los demás agravios de la parte actora
- Se rechazó el recurso del GCBA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Estado Nacional es autoridad de aplicación de la Ley N° 25.053 que crea el FONID, por lo que tiene competencia para implementar, evaluar y distribuir el Fondo, y velar por su cumplimiento
- La Ley N° 25.053 establece que el FONID tiene carácter remunerativo, por lo que corresponde el pago de aportes previsionales y contribuciones a la seguridad social
- No se acreditó en autos la existencia de demora en el pago del FONID por parte del GCBA
- Las costas se distribuyen en el orden causado
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: