OGEAN, ALDO DANIEL c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
El actor interpuso recurso directo contra el Colegio Público de Abogados de Capital Federal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal.
¿Quién es el actor?
Aldo Daniel Ogean
¿A quién se demanda?
Colegio Público de Abogados de Capital Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejercicio de la abogacía
- Ley 23187
- art. 47
¿Qué se resolvió?
Se declara la caducidad de la instancia por inactividad procesal.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- El Código Procesal Civil y Comercial establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare su curso dentro de los plazos que fija (art. 310).
- Estos plazos se computarán desde la fecha de la última petición de las partes, o resolución o actuación del juez que tenga por efecto impulsar el procedimiento (art. 311).
- En el caso, la última actuación correspondió al Tribunal, cuando dispuso correr traslado del recurso directo interpuesto por el demandante el 20 de octubre de 2021.
- Desde entonces, y descontados los períodos de feria judicial, ha transcurrido el plazo de seis meses sin que la parte interesada haya impulsado el proceso, lo que hace presumir su desinterés en continuarlo.
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