GOSENDE, HECTOR EDUARDO c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor jubilado cuestionó la constitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad de las normas impugnadas.
¿Quién es el actor?
Héctor Eduardo Gosende
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales y cese de retenciones, con reintegro de lo retenido.
¿Qué se resolvió?
La jueza de primera instancia declaró la inconstitucionalidad de los artículos 23, 79, 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, ordenó el cese de retenciones y el reintegro de lo retenido en los últimos 5 años. La Cámara confirmó esta decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara resaltó que, según la doctrina de la CSJN en "García, María Isabel", la sola capacidad contributiva es insuficiente como pauta de tributación a jubilados y pensionados, debiendo considerarse su vulnerabilidad. Citas relevantes: "la sola capacidad contributiva como parámetro para el establecimiento de tributos a los jubilados, pensionados, retirados o subsidiados, resulta insuficiente si no se pondera la vulnerabilidad vital del colectivo concernido" y "la omisión de disponer un tratamiento diferenciado para aquellos beneficiarios en situación de mayor vulnerabilidad que se encuentran afectados por el tributo (en especial, los más ancianos, enfermos y discapacitados), agravia la Constitución Nacional".
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