ARECES, JUAN MANUEL c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - LEY 24521 s/AMPARO POR MORA
La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió regular parcialmente los honorarios de un letrado en un proceso de amparo contra la Universidad de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el marco de un proceso de amparo por mora contra la Universidad de Buenos Aires, la Cámara Contencioso Administrativa Federal se pronunció sobre los honorarios regulados a favor del letrado de la parte actora. La Cámara consideró la naturaleza del asunto, lo dispuesto por el art. 48 de la Ley 27.423 sobre honorarios mínimos en amparos, y los criterios establecidos en el art. 16 de dicha ley (motivo, extensión, calidad jurídica y resultado de la labor). En consecuencia, redujo los honorarios del Dr. Martín Iglesia, patrocinante de la actora, a la suma de $54.006 (equivalente a 6 UMA) por las tareas realizadas en primera instancia. Respecto de las tareas en la alzada, atendiendo a que la única cuestión sometida fue la distribución de costas, la Cámara reguló los honorarios del Dr. Iglesia en $9.001 (equivalente a 1 UMA). Se dispuso que el importe del IVA integra las costas del juicio y se debe adicionar a los honorarios cuando el profesional revista la calidad de responsable inscripto.
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