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BANCO INDUSTRIAL SA Y OTROS c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 42

Banco Industrial SA y otros interponen recurso extraordinario contra sentencia que reguló honorarios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los montos regulados por la labor del letrado en la defensa de los señores representados.

Recurso extraordinario Honorarios Entidades financieras Camara contencioso administrativa federal Ley 27423 Ley 21526


- Actores: Banco Industrial SA y otros

¿A quién se demanda?

Banco Central de la República Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Entidades financieras
- Ley 21526
- Art. 42

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto y reguló los honorarios del letrado patrocinante en la defensa de los señores representados. Los principales fundamentos de la decisión son:
- La Cámara consideró apropiada la regulación de honorarios del letrado patrocinante, teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión debatida.
- Reguló los honorarios del doctor Lionel Sebastián Sartor en la suma de $691.600, equivalentes a 66,50 U.M.A., de acuerdo a lo previsto en la Ley 27.423.
- Dejó constancia de que dicha regulación deberá cancelarse conforme al artículo 51 de la Ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá adicionarse según la situación del profesional frente a dicho tributo.

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