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MUZIO, GABRIEL CHRISTIAN c/ ESTADO NACIONAL - PODER EJECUTIVO NACIONAL - HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS s/EMPLEO PUBLICO

El actor promovió demanda para interrumpir el plazo de prescripción. La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala II confirmó la caducidad de la primera instancia declarada por el tribunal a quo.

Caducidad de instancia Impulso procesal Procedimiento administrativo Suspension de plazos Empleo publico


¿Quién es el actor?

Gabriel Christian Muzio

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Poder Ejecutivo Nacional
- Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Empleo público

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la caducidad de la primera instancia declarada por el juez de grado. Se consideró que los actos realizados por el actor en sede administrativa no tenían aptitud para interrumpir el curso de la caducidad, y que debió solicitar la suspensión de los plazos procesales mientras se sustanciaban dichas actuaciones administrativas. Se sostuvo que el fundamento de la caducidad es evitar la duración indefinida de los procesos, por lo que la inactividad del actor hizo operar la caducidad. Principales fundamentos:
- La caducidad de instancia es un modo anormal de terminación del proceso por inactividad de la parte. Tiene un carácter de orden público.
- Quien promueve un proceso asume la carga de impulsarlo, relevándose de esa carga sólo cuando corresponde una decisión del tribunal.
- Las actuaciones administrativas realizadas por el actor no interrumpían el curso de la caducidad, debiendo haber solicitado la suspensión de los plazos procesales.
- La inactividad del actor durante el plazo legal, sin realizar actos impulsores, determinó la procedencia de la caducidad declarada.

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