LOPEZ MARIN, SIMON DARIO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA - DTO 380/17 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó la incorporación al haber mensual de los suplementos Función Policial Operativa y PADO. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación, reconociendo el carácter remunerativo y bonificable del suplemento Función Policial Operativa pero desestimando la pretensión respecto del suplemento PADO.
Incorporación al haber mensual de los suplementos "Función Policial Operativa" y "PADO" creados por el Decreto 380/17.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación. Reconoció el carácter remunerativo y bonificable del suplemento "Función Policial Operativa" pero desestimó la pretensión respecto del suplemento "PADO". Asimismo, estableció pautas para el pago de las diferencias salariales adeudadas al actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara se remitió a lo resuelto en el precedente "Torrez" sobre el carácter remunerativo y bonificable del suplemento "Función Policial Operativa".
- Respecto del suplemento "PADO", la Cámara lo desestimó en la medida en que también hubiera integrado la litis.
- Se tuvo en cuenta que el Decreto 142/22 derogó los suplementos creados por el Decreto 380/17, por lo que no corresponde incluir el suplemento "Función Policial Operativa" en el haber mensual del actor ni reconocer diferencia salarial alguna por tal concepto desde la entrada en vigencia del Decreto 142/22.
- Se establecieron pautas para el pago de las diferencias salariales adeudadas al actor, conforme la jurisprudencia de la CSJN.
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