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STATELLO, DEBORA ELIZABETH c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal sancionó a una abogada con un llamado de atención por incumplir deberes éticos, pero la Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso interpuesto y confirmó la sanción.

Responsabilidad profesional Potestad disciplinaria Sancion disciplinaria Ejercicio de la abogacia Deber etico


¿Quién es el actor?

Débora Elizabeth Statello, abogada matriculada

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Sanción disciplinaria de "llamado de atención" impuesta a la abogada Statello por el Tribunal de Disciplina del Colegio, por incumplir deberes éticos en el ejercicio de la profesión.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso directo interpuesto por la abogada y confirmó la sanción del Colegio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal de Disciplina consideró que la abogada Statello incumplió sus deberes de celo, diligencia y lealtad al dejar que se tuviera por no presentada la demanda de su cliente por falta de subsanación de observaciones. La Cámara entendió que no se verificaba arbitrariedad o ilegalidad en la decisión del Colegio, cuya potestad disciplinaria sobre los matriculados es limitada al control de legalidad y razonabilidad.

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