EN-JGM-SA Y DS-RESOL 830/10 490/11 c/ UNION DE CONSIGNATARIOS PAMPEANOS SA s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II modificó los honorarios de la letrada apoderada de la actora fijándolos en $5.000.
¿Quién es el actor?
Desconocido
¿A quién se demanda?
Desconocido
- Objeto de la demanda: Ejecución
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II modificó los honorarios de la letrada apoderada de la actora fijándolos en $5.000.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para determinar los honorarios, se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada parte.
- La aplicación automática de porcentajes fijados en los aranceles puede llevar a desproporción con la labor realizada, por lo que el juzgador debe realizar un análisis y evaluación de la tarea encomendada.
- La Corte Suprema ha indicado que el valor del juicio no es la única base para regular honorarios, debiendo ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- En este caso de ejecución sin oposición de excepciones, corresponde elevar los honorarios de la letrada a $5.000.
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