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SUPERCEMENTO SAIC c/ EN-DNV-RESOL 777/01 (EXPTE 9193/05) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal - Sala II modificó los honorarios de los consultores técnicos, reduciéndolos a una suma razonable en proporción al trabajo realizado.

Recurso de apelacion Honorarios Regulacion de honorarios Ley aplicable Consultores tecnicos Perito de oficio


¿Quién es el actor?

SUPERCEMENTO SAIC

¿A quién se demanda?

EN-DNV-RESOL 777/01 (EXPTE 9193/05)
- Objeto de la demanda: Proceso de conocimiento
- Decisión del tribunal: La Cámara redujo los honorarios de los consultores técnicos a $60.000 para Claudia G. Alvarez y $20.000 para Mirta B. Miani, considerando que su labor asistencial no puede equipararse a la del perito de oficio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Para la regulación de honorarios, el juez debe ponderar la magnitud del trabajo, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos y la contribución de cada profesional, sin limitarse a la aplicación automática de porcentajes.
- La Corte Suprema ha dicho que el valor del juicio no es la única base para regular honorarios, debiendo ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- En cuanto a los trabajos anteriores a la ley 27.423, el derecho se constituyó en el momento en que se realizaron, por lo que el nuevo régimen no es aplicable.
- El IVA integra las costas del juicio y se adiciona a los honorarios cuando el profesional es responsable inscripto.

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