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RIVAROLA, AGUSTINA BELEN c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - LEY 24521 s/AMPARO POR MORA

La Cámara Contencioso Administrativa Federal resuelve el incidente de regulación de honorarios a favor de la letrada interviniente.

Regulacion de honorarios Ley 27 423 Universidad de buenos aires Amparo por mora Responsabilidad inscripta en iva


¿Quién es el actor?

RIVAROLA, AGUSTINA BELÉN

¿A quién se demanda?

UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
- LEY 24521

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por mora

¿Qué se resolvió?

La Cámara fija los honorarios de la Dra. Julieta Arosteguy en 13 UMA, equivalentes a $135.200, de acuerdo a lo establecido en la ley 27.423. Además, se indica que de acreditarse que la profesional es responsable inscripta en el IVA, se deberá adicionar la alícuota correspondiente a dicho tributo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señala que el criterio de esta Sala es que la retribución de los profesionales intervinientes en el amparo por mora se debe determinar conforme al art. 44, cuarto párrafo, de la ley 27.423, teniendo en cuenta la naturaleza y resultado del litigio, la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas.

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