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ACUÑA MAURO SANTIAGO c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Se modifica la regulación de honorarios de los abogados y perita psicóloga que intervinieron en el pleito, adecuando los montos a la naturaleza, resultado y monto del litigio.

Danos y perjuicios Regulacion de honorarios Perito Abogados Ley aplicable Monto del litigio Calidad de la labor profesional


¿Quién es el actor?

Mauro Santiago Acuña

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

Se modifica la regulación de honorarios de los abogados y perita psicóloga, reduciéndolos y aumentando algunos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los honorarios deben ponderarse según la magnitud del trabajo realizado, grado de responsabilidad y complejidad de los intereses económicos, sin aplicar automáticamente porcentajes de aranceles.
- La Corte Suprema ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para regular honorarios, que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- En el caso, se aplica la ley vigente al momento de realizados los trabajos profesionales, siguiendo el criterio de la CSJN en "Establecimiento Las Marías".
- Se regula honorarios para los abogados en función de la etapa procesal, el resultado obtenido y el monto del litigio.
- Para la perita psicóloga, se fija honorarios considerando el mérito, calidad y eficacia de su labor, en proporción a los de los abogados.

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