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TOER ARIEL ESTEBAN c/ EN Y/O RESPONSABLE s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El abogado apeló el rechazo de la habilitación de la feria judicial para obtener transferencia de honorarios profesionales. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia de denegar la habilitación de la feria.

Habilitacion de feria judicial Honorarios profesionales Abogado Urgencia Caracter alimentario


¿Quién es el actor?

Dr. Diego Fernando Sznurewicz, abogado

¿A quién se demanda?

No aplicable

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la habilitación de la feria judicial para transferir honorarios profesionales depositados y dados en pago

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la denegación de la habilitación de la feria Fundamentos Principales:
- La habilitación de feria es una medida excepcional que sólo procede cuando se acredita una situación de urgencia que imposibilite aguardar el normal trámite del proceso.
- En el caso, no se advierte acreditada una situación de urgencia que justifique la habilitación, ya que el abogado contó con tiempo suficiente antes del inicio de la feria para solicitar la transferencia de los honorarios depositados.
- Más allá del carácter alimentario de los honorarios, no se invocó ni acreditó la imperiosa necesidad de contar con esos fondos para atender necesidades urgentes e impostergables.
- Por lo tanto, no se dan los recaudos necesarios para excepcionar el curso normal del proceso y habilitar la feria judicial en este caso.

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