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STRICKER GUSTAVO GUILLERMO Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO-DTO 1104/05 1053/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Tribunal fija honorarios del patrocinante en causa sobre personal militar y civil de las Fuerzas Armadas. Resuelve que en caso que el profesional acredite su condición de responsable inscripto frente al IVA, se deberá adicionar a los honorarios la alícuota correspondiente.

Honorarios Iva Fuerzas armadas Personal militar y civil Patrocinante


¿Quién es el actor?

Stricker, Gustavo Guillermo y otros

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército
- Dto. 1104/05 y 1053/08

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo sobre personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

El tribunal fija los honorarios de la letrada patrocinante en la suma de $121.680, que equivalen a 11,7 UMA. Aclara que en caso que la profesional acredite ser responsable inscripta ante el IVA, se deberá adicionar la alícuota correspondiente a dichos honorarios. Los principales fundamentos de la decisión son:
- Se consideró la naturaleza, resultado y monto del asunto, la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas.
- Cita la doctrina de la CSJN que establece que el IVA que deba abonar el profesional beneficiario de los honorarios, también se encuentra a cargo del condenado en costas.

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