ZEIDAN GOMEZ, MAGALI NAHIR c/ UBA - LEY 24521 s/AMPARO POR MORA
La actora promovió amparo por mora contra la UBA. La Cámara Contencioso Administrativa Federal fijó los honorarios de la letrada interviniente conforme la ley 27423.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Magali Nahir Zeidan Gómez, promovió un amparo por mora contra la Universidad de Buenos Aires (UBA), Ley 24521. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala III, determinó que la retribución de los profesionales intervinientes en el amparo por mora se debe fijar conforme lo establece el art. 44, párrafo final, de la ley 27423. En base a ello, fijó los honorarios de la Dra. Julieta Arosteguy en la suma de $93.600, equivalente a 9 UMA. Aclaró que, en caso de que la profesional acredite ser responsable inscripta en el IVA, dicho tributo también deberá ser soportado por la condenada en costas, de conformidad con la doctrina de la Corte Suprema.
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