ORIGENES AFJP SA c/ EN -LEY 26425- s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Orígenes AFJP SA solicitó la prórroga de la suspensión de plazos en un litigio contra el Estado Nacional, la cual fue concedida por la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
¿Quién es el actor?
Orígenes AFJP SA (en liquidación)
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios
¿Qué se resolvió?
Se admitió el pedido de común acuerdo entre las partes y se suspendieron los plazos procesales por 12 meses, prorrogables automáticamente por 6 meses más.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Teniendo en cuenta las condiciones actuales del sub lite y lo manifestado y acordado entre Orígenes AFJP S.A. (en liquidación) y el Estado Nacional, se suspenden los plazos procesales.
- La suspensión es por el término de doce (12) meses, prorrogable automáticamente por otro período de seis (6) meses más, desde la fecha de presentación del escrito del 20/12/22, o hasta que cualquiera de los litigantes soliciten su efectiva reanudación.
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