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ORIGENES AFJP SA c/ EN -LEY 26425- s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Orígenes AFJP SA solicitó la prórroga de la suspensión de plazos en un litigio contra el Estado Nacional, la cual fue concedida por la Cámara Contencioso Administrativa Federal.

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¿Quién es el actor?

Orígenes AFJP SA (en liquidación)

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

Se admitió el pedido de común acuerdo entre las partes y se suspendieron los plazos procesales por 12 meses, prorrogables automáticamente por 6 meses más.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Teniendo en cuenta las condiciones actuales del sub lite y lo manifestado y acordado entre Orígenes AFJP S.A. (en liquidación) y el Estado Nacional, se suspenden los plazos procesales.
- La suspensión es por el término de doce (12) meses, prorrogable automáticamente por otro período de seis (6) meses más, desde la fecha de presentación del escrito del 20/12/22, o hasta que cualquiera de los litigantes soliciten su efectiva reanudación.

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