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ESTRADA, JULIETA GISELLE c/ EN-M SEGURIDAD-PNA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo del planteo de caducidad de la acción por daños y perjuicios contra la Prefectura Naval Argentina.

Responsabilidad extracontractual Prefectura naval argentina Caducidad de la accion Ley 19 549


¿Quién es el actor?

Julieta Giselle Estrada

¿A quién se demanda?

Prefectura Naval Argentina y Mauricio Sequeira

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de daños y perjuicios por el "imprudente accionar" del agente Sequeira de la Prefectura Naval Argentina ocurrido el 04/11/2015.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmó la resolución de primera instancia que había rechazado el planteo de caducidad de la acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Ley 19.549 no establece que el plazo de 90 días hábiles para accionar se aplique a demandas por responsabilidad extracontractual.
- El artículo 32 de la Ley 19.549 exceptúa del reclamo previo administrativo a las demandas contra el Estado por daños y perjuicios.
- Cualquier alcance que pudiera tener el artículo 23 sobre impugnación de "vías de hecho" no incide en la habilitación de la instancia judicial sobre esta demanda.

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