CIANCIO, VANINA SOLEDAD Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal de la Policía Federal Argentina reclamó la incorporación al haber mensual de suplementos creados por decreto. La Cámara Contencioso Administrativa Federal reconoció el carácter remunerativo y bonificable de algunos suplementos, pero desestimó la pretensión respecto de otros.
¿Quién es el actor?
Personal de la Policía Federal Argentina
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación al haber mensual de suplementos creados por Decreto 380/2017
¿Qué se resolvió?
- Se reconoce el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos por "Función Policial Operativa", "Función Técnica de Apoyo" y "Función de Investigaciones", en la medida que hubieran integrado la litis y fueran efectivamente percibidos por la parte actora.
- Se desestima la pretensión respecto de los suplementos "Alta Dedicación Operativa" ("PADO"), "Alto Riesgo" ("GEOF" o "GE1") y "Zona".
- Se aclara que las diferencias salariales adeudadas deberán abonarse hasta el 31/03/2022, fecha en que fueron derogados dichos suplementos por el Decreto 142/2022.
- Las costas de primera instancia y de la Alzada se distribuyen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se remite a lo resuelto por la Sala en el precedente "Torrez, Manuel Antonio y otros c/ EN–Mº Seguridad–PFA s/ Personal militar y civil de las FF.AA. y de Seg.", causa nº 2.340/2020.
- Se tiene en cuenta el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en "Di Nanno, Camilo c/ EN – M Seguridad – PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.", causa CAF 18184/2018/CA1-CS1.
- Se considera que la naturaleza de la cuestión debatida justifica apartarse del principio objetivo de la derrota para distribuir las costas por su orden.
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